Con la publicación de la resolución Nº 2642-MJGM-2020, el gobierno provincial ha dispuesto la apertura de distintas actividades deportivas, de práctica individual y colectiva, conforme a la aprobación de los protocolos elevados y de acuerdo a la situación epidemiológica de cada distrito.
Para los municipios ubicado en Fase 4 como Coronel Rosales la apertura es casi total. La vuelta a las prácticas será anunciada por el Departamento Ejecutivo previa comunicación oficial.
El siguiente es el texto de la resolución y el listado de actividades.
EL MINISTRO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES RESUELVE
ARTÍCULO 1°. Autorizar, en el ámbito de la provincia de Buenos Aires la práctica de deportes, incluyendo todos aquellos que se encuentran listados en el Anexo I (IF-2020-22572278-GDEBA-DPLYTMJGM) a la presente resolución.
ARTÍCULO 2°. Las actividades previstas en el artículo anterior quedarán sujetas al estricto cumplimiento de los protocolos aprobados por la Decisión Administrativa N° 1518/2020 y por la presente resolución y deberán realizarse únicamente en instituciones deportivas púbicas o privadas, incluyendo clubes y polideportivos, de lunes a viernes y en espacios al aire libre.
ARTÍCULO 3°. Cuando se tratare de deportes cuya práctica sea de carácter amateur, su realización deberá desarrollarse junto a profesores/as, instructores/as o entrenadores/as. Si se tratare de deportes pertenecientes a Confederaciones, Asociaciones, Fundaciones o Federaciones, podrán practicarse sin la necesaria presencia de profesores/as, instructores/as y entrenadores/as.
ARTÍCULO 4°. Las personas que se encontraren alcanzadas por las autorizaciones previstas en la presente resolución deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación -Emergencia Covid-19, establecido por la Decisión Administrativa N° 1518/2020 del Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada.
ARTÍCULO 5°. Las empleadoras y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado de las y los trabajadores con el fin de preservar su salud, procurando que los mismos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros.
ARTÍCULO 6°. Aprobar el “Protocolo Retorno Deportivo” que como Anexo II (IF-2020-22572099-GDEBA-DPLYTMJGM) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 7º. Derogar las Resoluciones Nº 2093/2020 y N° 2205/2020 de este Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros. ARTÍCULO 8°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar. Carlos Alberto Bianco, Ministro NUEVO ANEXO I IF-2020-22572278-GDEBA-DPLYTMJGM
LISTADO DE DEPORTES INDIVIDUALES
1. ATLETISMO EN TODAS SUS MODALIDADES (DE FORMA INDIVIDUAL)
2. TENIS (SINGLE)
3. PADDLE (SINGLE)
4. NATACIÓN EN AGUAS ABIERTAS
5. CANOTAJE (INDIVIDUAL)
6. YACHTING (VELA - INDIVIDUAL)
7. REMO (INDIVIDUAL)
8. GOLF
9. SKATEBOARDING (EN CLUB O POLIDEPORTIVO, CON TURNO)
10. PREPARACIÓN FÍSICA INDIVIDUAL CON ENTRENADOR PERSONAL (EN CLUBES O POLIDEPORTIVOS)
11. DEPORTES ECUESTRES (ENTRENAMIENTOS)
12. CICLISMO CON CIRCUITO DETERMINADO (EN VELÓDROMO) // BMX (CON TURNO, INDIVIDUAL)
13. ESCUELAS DE PATÍN CARRERA y PATÍN ARTÍSTICO (EN ESPACIOS ABIERTOS)
14. SURF (SOLO EN MODALIDAD ESCUELA DE SURF)
15. PESCA DEPORTIVA (INDIVIDUAL, CON DISTANCIAMIENTO, EN CLUBES DE PESCA)
16. TIRO DEPORTIVO (INDIVIDUAL, EN ESPACIOS ABIERTOS)
17. BÁDMINTON y TENIS DE MESA (SINGLE, EN ESPACIOS ABIERTOS)
18. COLOMBÓFILOS
19. ACTIVIDADES NÁUTICAS DEPORTIVAS A MOTOR CON FAMILIARES CONVIVIENTES
20. ACTIVIDADES DE VUELO LIBRE SIN MOTOR MONOPLAZA
ANEXO/S Anexo II IF-2020-22572099- GDEBADPLYTMJGM 321f08073232599eb288567ccf78b5fbaaec0
