Desde
la Provincia de Buenos Aires advirtieron sobre el uso recreativo del dique
Paso de las Piedras, ante la afluencia de público en los últimos fines de
semana y feriados.
La Autoridad del Agua (ADA) emitió un comunicado donde especificó la reglamentación y ordenamiento de las condiciones de acceso de público como las actividades permitidas, bajo la Resolución 395/17.
Al respecto manifestaron que que los "únicos sectores en los que se permite el acceso son el 1 y 2, ubicados geográficamente dentro del Partido de Coronel Pringles, y el 21 y 22 dentro del Partido de Tornquist. En todo el territorio por fuera de esos sectores el ingreso queda totalmente restringido para circulación y permanencia, incluyendo los laterales de acceso al puente sobre Ruta 51".
La entrada por Estomba habilita únicamente para transitar hasta el Sector 21, punto desde donde se permite el acceso, permanencia y la pesca de costa, actualmente en período de veda, prohibiéndose expresamente ingresar y dejar el camino antes del inicio del sector 21.Las actividades contempladas dentro de los Sectores 1 y 2, 21 y 22, están "expresamente" sujetas a la prohibición de encender fuego, acampar, arrojar basura, cortar leña y cazar.
Por su parte, tampoco está permitido que personas, animales ni embarcaciones entren al agua con fines recreativos o comerciales, resaltando especialmente la prohibición de practicar deportes acuáticos de ningún tipo.
Asimismo, se prohíbe toda actividad que pueda afectar "la calidad del bioma del embalse y su perilago, propendiendo a la protección de la totalidad de las especies vegetales y animales que tienen su hábitat natural en el lugar", explicaron.
"El objetivo principal del embalse es la provisión de agua para las poblaciones de Bahía Blanca y Coronel Rosales por lo que se prioriza la conservación y protección de la calidad sobre todo otro fin o uso", concluyeron desde la entidad.
Estos lineamentos se establecen bajo la normativa establecida en el país por la pandemia de COVID-19, en cuanto al traslado e ingreso entre ciudades y respetando las restricciones determinadas para cada uno de los lugares.
La Autoridad del Agua (ADA) emitió un comunicado donde especificó la reglamentación y ordenamiento de las condiciones de acceso de público como las actividades permitidas, bajo la Resolución 395/17.
Al respecto manifestaron que que los "únicos sectores en los que se permite el acceso son el 1 y 2, ubicados geográficamente dentro del Partido de Coronel Pringles, y el 21 y 22 dentro del Partido de Tornquist. En todo el territorio por fuera de esos sectores el ingreso queda totalmente restringido para circulación y permanencia, incluyendo los laterales de acceso al puente sobre Ruta 51".
La entrada por Estomba habilita únicamente para transitar hasta el Sector 21, punto desde donde se permite el acceso, permanencia y la pesca de costa, actualmente en período de veda, prohibiéndose expresamente ingresar y dejar el camino antes del inicio del sector 21.Las actividades contempladas dentro de los Sectores 1 y 2, 21 y 22, están "expresamente" sujetas a la prohibición de encender fuego, acampar, arrojar basura, cortar leña y cazar.
Por su parte, tampoco está permitido que personas, animales ni embarcaciones entren al agua con fines recreativos o comerciales, resaltando especialmente la prohibición de practicar deportes acuáticos de ningún tipo.
Asimismo, se prohíbe toda actividad que pueda afectar "la calidad del bioma del embalse y su perilago, propendiendo a la protección de la totalidad de las especies vegetales y animales que tienen su hábitat natural en el lugar", explicaron.
"El objetivo principal del embalse es la provisión de agua para las poblaciones de Bahía Blanca y Coronel Rosales por lo que se prioriza la conservación y protección de la calidad sobre todo otro fin o uso", concluyeron desde la entidad.
Estos lineamentos se establecen bajo la normativa establecida en el país por la pandemia de COVID-19, en cuanto al traslado e ingreso entre ciudades y respetando las restricciones determinadas para cada uno de los lugares.